Secretaría
Promoción y permanencia

DECRETO 117/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento (ROF) de los centros superiores de enseñanzas artísticas integradas en el Instituto Superior de Enseñanzas Artísticas de la Comunitat Valenciana (ISEACV).

  • La matrícula en cualquier asignatura está limitada a cuatro convocatorias.
  • En cada curso académico tendrán lugar dos convocatorias por asignatura, primera y segunda convocatoria respectivamente. .
  • A partir de la publicación del Decreto 117/2022 (curso 2022-2023), la permanencia en la misma titulación queda limitada a seis años para matrícula completa y ocho años para matrícula parcial.
  • La condición de «No Presentado» consume convocatoria.
  • La directora o el director del centro podrá autorizar, a petición del estudiante, con carácter excepcional y por causas objetivas debidamente justificadas, como por ejemplo enfermedad grave o cualquier otra causa de fuerza mayor, la renuncia a una convocatoria por curso académico. (La renuncia de convocatoria no consume convocatoria y viene a ser lo que anteriormente era el «No Presentado», en estos casos el alumnado debe solicitarla previamente a la dirección del centro, adjuntando la justificación pertinente).
  • De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.4 del Decreto 48/2011, de 6 de mayo, del Consell, la directora o director de los centros superiores podrá autorizar, a petición del estudiante, con carácter excepcional y por causas objetivas debidamente justificadas, como por ejemplo enfermedad grave o cualquier otra causa de fuerza mayor, una nueva y única convocatoria. En caso de resolución negativa, se podrá recurrir en alzada ante la Dirección del ISEACV. (Esta es la, informalmente denominada, ‘convocatoria de gracia o excepcional’, que ya se regulaba en el Decreto 48/2011).

IMPRESOS DE SOLICITUD

SOLICITUD DE CONVOCATORIA ÚNICA EXCEPCIONAL

SOLICITUD DE CONVOCATORIA ÚNICA EXCEPCIONAL

Se realizará obligatoriamente en el curso inmediatamente siguiente al que se haya producido la situación. Esta quinta convocatoria da derecho a cursar de nuevo la asignatura y en todos los casos tendrá que ser evaluada durante el periodo que corresponda a la primera convocatoria. El alumnado que haya consumido cuatro convocatorias en alguna de las asignaturas podrá solicitar convocatoria  única durante los meses de julio y de septiembre del curso inmediatamente posterior al que se haya producido la situación.

Plazo: hasta el 15 de septiembre de 2025.

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SOLICITUD DE RENUNCIA DE CONVOCATORIA

SOLICITUD DE RENUNCIA DE CONVOCATORIA

Plazo: hasta el 30 de mayo de 2025.

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CONSERVATORIO SUPERIOR DE MÚSICA ÓSCAR ESPLÁ DE ALICANTE

C/ Catedrático Jaume Mas i Porcel, 2. 03005 Alicante (España).

Teléfono: 966 47 86 65

e-mail: 03010739@iseacv.gva.es

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